Un fallo judicial en Río Negro sentó precedente y abrió una polémica. Obliga a un preso a respetar la cuota alimentaria de su hijo de un año. Sí, aunque esté en la cárcel. Según le ordenó la Justicia, deberá pagarle a la madre del bebé una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil todos los meses. Y si el padre no es solvente, la responsabilidad pasará hacia los abuelos paternos del menor.
En clara defensa de los derechos de la infancia, un fallo del fuero de familia de Cipolletti estableció una cuota alimentaria a favor de un bebé de un año que deberá ser pagada por su padre, quien se encuentra detenido en La Pampa.
El caso fue presentado a inicios del año pasado tras la denuncia de la madre del menor, quien tenía que afrontar sola la crianza del bebé. Inició una demanda de alimentos hacia el progenitor, pero extendió la responsabilidad hacia los abuelos paternos del bebé, quienes cuentan con ingresos estables: jubilación y alquileres. Esto, a pesar de que no hay ningún tipo de contacto con dichos abuelos.
Al no contar con un trabajo formal y arreglarse económicamente como puede, pidió que el padre se hiciera cargo de su responsabilidad. Pero desde enero del año pasado que el hombre en cuestión había desaparecido: no pasaba cuota mensual y tampoco tenía contacto con la denunciante. Desde allí, la Justicia comenzó a intimar tanto al padre del menor como al abuelo paterno. Aunque nunca respondieron.
La ausencia en ambos casos fue juzgada como una aceptación de lo denunciado por la madre del nene. Y cuando se investigó más el caso, salió a la luz que el hombre nacido en Cipolletti había sido detenido en La Pampa. Sin embargo, esto no impidió que el pedido continuara su curso.
Ahora, tras la evaluación de los distintos informes oficiales que dieron cuenta que el imputado está preso, y que por ende no cuenta con un ingreso de trabajo formal ni tiene bienes registrables, el juez dictaminó que tiene que hacerse cargo de la cuota alimentaria.
En el fallo se hizo hincapié que el Código Civil y Comercial no exige que la persona obligada a pagar alimentos tenga ingresos comprobados. Sólo basta con acreditar que está en edad laboral y su aptitud para generar recursos. Algo que, por lo pronto, no será posible porque la persona en cuestión está encarcelada. En los considerandos, además, se valoró el esfuerzo que realiza a diario la madre. Algo por lo cual según la ley debe ser compensada.
El fallo, que sienta precedente en Río Negro, rige para que se liquide la deuda acumulada desde agosto del año pasado hasta la fecha. Nueve meses de salarios mínimos vitales y móviles actualizados. Casi $ 300.000 por cuota. Y aclara que dichos pagos deberán efectuarse del 1° al 10 de cada mes, según publicó el diario La Mañana de Neuquén.
El fallo no sólo implica al padre preso del bebé. Activó la responsabilidad a los abuelos paternos bajo los principios de «solidaridad familiar», por lo cual además de la cuota asignada inicialmente deberán aportar el 10% de su haber jubilatorio mensual. El mismo fallo fue establecido para la abuela del nene, aunque se empezará a aplicar cuando comience a percibir la jubilación. No es acumulativa.
Si el padre deudor cumple con su responsabilidad, los abuelos paternos no deberán pagar. Dicha obligación es subsidiaria, no automática.
En Salta, los abuelos paternos de un menor debieron hacerse cargo de la cuota
Un caso similar ocurrió durante el 2022 con la Justicia de Salta, que obligó a los abuelos paternos de tres chicos de hacerse cargo de la cuota alimentaria por ausencia del progenitor.
El padre de los chicos había sido condenado a abonar el equivalente al 50% de un salario mínimo vital y móvil, y al abuelo paterno a abonar una cuota alimentaria mensual a favor de sus nietos equivalente al 15% de los haberes que por todo concepto percibe en su empleo.
Por ese entonces, el padre biológico estaba cumpliendo una condena de prisión efectiva y percibía un monto mínimo por las labores que tenía en la cárcel. Dicho monto, insuficiente para la manutención de sus hijos de 6, 8 y 12 años, obligó al abuelo paterno a cumplir con la obligación de la cuota mensual correspondiente a su hijo.