Florida amplía el acceso a clases gratuitas de natación para niños

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Una nueva ley estatal en Florida extiende el programa de vales para lecciones de natación sin costo, incrementando la edad máxima de los beneficiarios con el objetivo de prevenir ahogamientos.

El 1 de julio de 2026 entrará en vigor en Florida la ley SB 428, firmada por el gobernador Ron DeSantis. La normativa redefine quiénes pueden acceder a las clases gratuitas de natación y establece nuevas medidas para prevenir ahogamientos.

La regulación, aprobada por la Legislatura estatal, modifica el programa de vales para clases de natación e incorpora obligaciones educativas para instituciones de salud. La SB 428 establece que el propósito del programa es aumentar la seguridad en el agua y prevenir ahogamientos mediante la entrega de vales para lecciones de natación sin costo a familias que cumplan con los criterios definidos.

El cambio central que introduce esta normativa se vincula con la edad de los beneficiarios que pueden acceder. Anteriormente, la normativa establecida en la sección 514.073 de los Estatutos de Florida fijaba que los niños elegibles debían tener como máximo cuatro años de edad. Con la entrada en vigor de la nueva ley, el rango se amplía y permite incluir a menores de entre uno y siete años.

Para acceder a la ayuda, las familias deben cumplir con condiciones específicas. La ley dispone que el Departamento de Salud del estado (DOH, por sus siglas en inglés) es el organismo que tiene la obligación legal de establecer un método formal para que los miembros soliciten los vales para lecciones de natación. A su vez, es el responsable de establecer el procedimiento para determinar la elegibilidad de cada solicitante y tiene la facultad legal de establecer exigencias adicionales a las básicas estipuladas en la norma.

Según medios locales, durante la sesión legislativa de 2026, la SB 428 fue una de las pocas iniciativas que avanzaron con consenso. Fue aprobada en el Senado en febrero y firmada por DeSantis el 22 de abril.

La SB 428 obliga al Departamento de Salud a desarrollar contenidos educativos sobre prevención de ahogamientos y prácticas seguras. Estos deben entregarse a padres o tutores durante la educación posparto o en instancias de preparación para el parto. La disposición alcanza a hospitales, centros de maternidad, proveedores de partos en el hogar y educadores de parto certificados.

La ley establece que esta entrega no se realizará de forma aislada. En los hospitales, debe integrarse a las instrucciones posparto ya vigentes, que incluyen contenidos obligatorios sobre prácticas de sueño, causas de muerte súbita y folletos sobre trastornos oculares en la infancia.

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