Ley de Sucesiones en Argentina: cuándo un heredero puede pagar deudas con su propio patrimonio

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Recibir una casa o cualquier bien en herencia puede parecer una buena noticia, pero también genera dudas sobre las deudas del fallecido. En Argentina, la regla general protege al heredero, pero existen excepciones que pueden obligarlo a responder con sus bienes personales.

Recibir una casa o cualquier bien en herencia puede parecer una buena noticia. Sin embargo, en muchos casos también surgen dudas sobre las deudas que pudo haber dejado la persona fallecida. ¿Puede el heredero terminar pagándolas con su propio dinero?

Según el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, la regla general es que los herederos no responden con su patrimonio personal por las deudas del fallecido. Los acreedores sólo pueden cobrarse con los bienes que forman parte de la herencia. Pero la ley también establece excepciones. En determinadas situaciones, el heredero sí puede verse obligado a pagar las deudas con sus propios bienes. Por eso, antes de aceptar una herencia —especialmente si incluye una casa— es clave conocer cómo funciona la Ley de Sucesiones en Argentina.

Cuando una persona fallece y deja bienes, los herederos tienen dos opciones: aceptar la herencia o renunciar a ella. La ley no obliga a recibirla. Sin embargo, hay una regla importante: no se puede aceptar sólo una parte. Si un heredero decide aceptar, lo hace sobre la totalidad del patrimonio heredado, es decir, bienes y posibles deudas. Además, existe un plazo legal. El heredero tiene 10 años desde que se abre la sucesión para aceptar o renunciar. Si no se pronuncia dentro de ese período, la ley entiende que renunció. También puede ocurrir que un interesado —por ejemplo, otro heredero o un acreedor— pida a un juez que intime al heredero a decidir. Esto puede hacerse desde los 9 días posteriores al fallecimiento. En ese caso, el juez fija un plazo de entre uno y tres meses para responder. Si el heredero no contesta, la ley considera que aceptó la herencia.

En principio, los acreedores del fallecido sólo pueden cobrar sus créditos con los bienes que integran la herencia. Esto significa que si una persona hereda una casa, un auto o dinero, las deudas se pagan con ese patrimonio y hasta el límite del valor de esos bienes. En condiciones normales, el heredero no tiene que usar su propio dinero para pagar obligaciones que no contrajo. Pero la situación cambia si el heredero incurre en determinadas conductas durante el proceso sucesorio. La ley prevé situaciones puntuales en las que el heredero pierde esa protección y pasa a responder con sus bienes personales:

  • No hacer el inventario de bienes a tiempo: si los acreedores exigen que se realice un inventario de la herencia y el heredero no lo hace dentro de los tres meses establecidos, puede quedar obligado a responder con su propio patrimonio.
  • Ocultar bienes de la herencia: si el heredero esconde bienes del fallecido de manera fraudulenta para evitar que formen parte de la sucesión, también puede perder el beneficio de limitar su responsabilidad.
  • Aumentar dolosamente las deudas: otra situación es cuando el heredero infla de manera deliberada el monto de las deudas del fallecido para perjudicar a otros herederos o acreedores.
  • Vender bienes de la sucesión de forma indebida: si el heredero vende bienes de la herencia sin que el precio sea conveniente o sin incorporar ese dinero al patrimonio sucesorio, puede quedar obligado a responder con sus propios bienes.

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