La Justicia desestimó el recurso de BBVA contra el reconocimiento de un cáncer pleural como enfermedad profesional

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El Juzgado de lo Social Nº 5 de Bilbao rechazó el recurso del BBVA contra la resolución del INSS que reconoció como enfermedad profesional el cáncer pleural de un empleado que trabajó 30 años en el edificio de Gran Vía 1.

El Juzgado de lo Social Nº 5 de Bilbao desestimó el recurso del BBVA contra la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que reconoció como enfermedad profesional el cáncer pleural que afectó a un empleado del banco, informó la Asociación de Víctimas Amianto Euskadi (Asviamie).

La resolución judicial concedió la incapacidad absoluta derivada de enfermedad profesional a un antiguo empleado afectado de mesotelioma sarcomatoide, tras trabajar más de 30 años en el edificio del BBVA en Gran Vía 1 de Bilbao, y ratificó el origen profesional de la enfermedad.

El empleado trabajó en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria entre 1960 y 1999 realizando tareas administrativas en el edificio de Gran Vía 1, lo que implicó exposición al amianto presente en el inmueble, especialmente durante las obras de remodelación de oficinas. En abril de 2023 se le diagnosticó un mesotelioma sarcomatoide de pleura y falleció el 24 de julio de 2025.

El INSS dictó resolución reconociendo la incapacidad absoluta derivada de enfermedad profesional. El BBVA solicitó la nulidad de esa resolución argumentando que el empleado pudo haber estado expuesto al amianto en otras actividades no notificadas al banco, que no fue oído en el proceso administrativo del INSS y que el epígrafe aplicado a la enfermedad era erróneo.

La sentencia consideró que no cabe cuestionar la incapacidad absoluta, ya que el mesotelioma sarcomatoide era incompatible con cualquier actividad laboral. Asimismo, señaló que, aunque el BBVA no tuvo opción de ser oído por el INSS, tuvo conocimiento del expediente a través de Osalan y su posibilidad de defensa quedó salvaguardada en el procedimiento judicial.

El tribunal tampoco atribuyó relevancia al error de código en la resolución del INSS, razón por la cual desestimó el recurso. El informe de Osalan del 8 de junio de 2023 sobre la exposición al amianto en el edificio menciona a seis trabajadores del BBVA y tres de empresas externas afectados por patologías derivadas del amianto.

La asociación señaló que en el edificio de Gran Vía 1 había amianto proyectado en toda la estructura. Respecto a la patología, el mesotelioma sarcomatoide está vinculado a la exposición al amianto y el único lugar identificado con certeza de exposición fue el edificio del BBVA, donde el empleado trabajó durante 30 años y donde se identificaron otros casos.

El listado de profesiones que recoge el cuadro de enfermedades profesionales es abierto e incluye el epígrafe “Como en trabajos expuestos a la inhalación de polvos de amianto”. La normativa no limita la protección a quienes hayan tenido contacto directo, sino que comprende cualquier tipo de exposición, incluida la indirecta.

La sentencia subsanó el error de la resolución, determinó que no corresponde al BBVA el pago de la prestación de incapacidad permanente al estar al corriente de sus obligaciones, ratificó el origen profesional de la enfermedad y revocó la resolución que señalaba al banco como responsable del pago de la pensión.

Asviamie expresó su satisfacción por la sentencia. La asociación afirmó que el BBVA deberá responder a la demanda de daños y recargo de prestaciones, y alertó a los empleados que trabajaron en el edificio de Gran Vía 1 sobre el posible riesgo de enfermar por inhalación de fibras cancerígenas. Los instó a inscribirse en Osalan como trabajadores probablemente expuestos al amianto para acceder a vigilancia sanitaria específica en Osakidetza.

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