La Cámara de Diputados mantiene una representación desactualizada respecto del artículo 45 de la Constitución Nacional

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La exdiputada Margarita Stolbizer señaló que la composición actual de la Cámara de Diputados no se ajusta al artículo 45 de la Constitución Nacional, que establece la representación proporcional a la población. Señaló que el piso de cinco diputados por provincia, fijado por decreto en 1983, genera una sobrerrepresentación de los distritos menos poblados y una subrepresentación de los más poblados.

La Constitución Nacional establece en su artículo 1° que la Argentina adopta un sistema de gobierno republicano, representativo y federal. El artículo 22 indica que el pueblo gobierna a través de sus representantes y que nadie puede atribuirse la representación del pueblo sin haber sido elegido por el voto popular. El artículo 45, por su parte, determina que la Cámara de Diputados se compone de representantes elegidos directamente por el pueblo de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, en proporción a la cantidad de habitantes de cada distrito.

La exdiputada Margarita Stolbizer, que integró la Cámara de Diputados durante 20 años, presentó en reiteradas oportunidades un proyecto de ley para adecuar la composición de la Cámara a lo dispuesto por el artículo 45. Según declaró, el proyecto no recibió tratamiento legislativo.

Stolbizer explicó que el piso actual de cinco diputados por provincia fue establecido por el Decreto-Ley N° 22.847, dictado el 12 de julio de 1983 por el gobierno de facto de Reynaldo Bignone, con el Congreso disuelto. Ese decreto fijó un número mínimo de cinco legisladores por distrito, que se mantiene vigente desde entonces.

De acuerdo con los datos del Censo 2022, la provincia de Tierra del Fuego, con 190.641 habitantes, elige un diputado cada 38.000 personas. La provincia de Buenos Aires, con 17.523.996 habitantes, elige un diputado cada 250.342 personas. Esto implica que el voto de un ciudadano fueguino tiene un valor 6,5 veces mayor que el de un ciudadano bonaerense en la elección de diputados nacionales.

La Cámara Nacional Electoral, en un fallo de 2018, introdujo el concepto de “geometría electoral pasiva”, que describe la manipulación del principio de igualdad en la representación electoral por inacción. El fallo señaló el carácter imperativo del artículo 45 y solicitó una ley para corregir la desactualización en la distribución de escaños.

La propuesta de Stolbizer para cumplir con el artículo 45 incluye: establecer un mínimo de cuatro diputados por provincia; reajustar la cantidad de representantes según el Censo 2022; y reducir la cifra repartidora a 140.000 habitantes por diputado. Según la exlegisladora, esta fórmula permitiría reducir las distorsiones en la representación proporcional sin afectar el equilibrio fiscal.

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