La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme el embargo del departamento de San José 1111 y otros 12 inmuebles

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La Sala IV del tribunal rechazó por inadmisible un recurso de Máximo y Florencia Kirchner contra la medida cautelar sobre propiedades de las empresas Los Sauces y Hotesur. El embargo preventivo apunta a ejecutar el decomiso de bienes por la condena en la causa Vialidad.

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó por inadmisible un recurso presentado por Máximo y Florencia Kirchner contra el embargo preventivo que pesa sobre 13 inmuebles de las empresas familiares Los Sauces y Hotesur, entre ellos el departamento de San José 1111, en el barrio de Constitución, donde Cristina Kirchner cumple su condena de seis años de prisión.

La resolución fue adoptada por mayoría por los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, con la disidencia de Mariano Borinsky. El fallo deja firmes los embargos dispuestos por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº2, que había ordenado la medida cautelar en el marco de la ejecución patrimonial de la condena contra la expresidenta.

La condena quedó firme el 10 de junio de 2025. El Tribunal Oral Federal N° 2 lleva adelante el proceso para el decomiso y actualizó el monto de los bienes a decomisar a 684.990.350.139 de pesos (equivalentes a 645 millones de dólares, según la cotización utilizada en la causa).

Los hijos de la expresidenta buscaban anular la decisión del tribunal oral que dispuso los embargos preventivos sobre inmuebles de Los Sauces y Hotesur. La Sala IV declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Máximo Kirchner y Florencia Kirchner.

Los jueces Hornos y Barroetaveña señalaron que la decisión del tribunal oral no era recurrible porque se trata de una medida cautelar, patrimonial y provisional, y que las medidas cautelares no constituyen sentencias definitivas ni habilitan por sí mismas la intervención de Casación. Añadieron que, aun si se admitiera hipotéticamente que la medida fuera equiparable a definitiva, los hijos de la expresidenta no demostraron la existencia de una cuestión federal suficientemente fundada. También destacaron que la doctrina de la arbitrariedad tiene carácter restrictivo y que no se acreditaron defectos que descalifiquen la decisión recurrida.

El juez Borinsky sostuvo una posición distinta y propició que el recurso recibiera el trámite correspondiente. En su voto, señaló que correspondía analizar los agravios de los hijos de la expresidenta, vinculados con la relación temporal de la adquisición de los bienes y el delito. Borinsky viene sosteniendo que hay que anular el decomiso de estos bienes en particular porque ingresaron al patrimonio antes del inicio de la maniobra delictiva por la que fue condenada Cristina Kirchner, por lo que no podían ser considerados como «producto del delito».

El Tribunal Oral Federal 2 había ordenado el 11 de agosto pasado embargar preventivamente diversos inmuebles de Hotesur y Los Sauces mientras se resuelve si corresponde su decomiso definitivo. Entre ellos se encuentra el departamento de San José 1111, además de propiedades ubicadas en Puerto Madero y en Santa Cruz. Las sociedades Hotesur y Los Sauces tienen actualmente como accionistas a Máximo y Florencia Kirchner.

La mayoría de la Sala IV señaló que lo sometido a revisión era únicamente el embargo preventivo y no el decomiso definitivo de los bienes, cuestión sobre la que el tribunal oral todavía no se pronunció.

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