La Corte Suprema dejó sin efecto el límite del 15% a la titularidad extranjera de tierras rurales

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El máximo tribunal declaró que el Centro de Excombatientes de Islas Malvinas (CECIM-La Plata) no está legitimado para impulsar una acción colectiva contra la Ley de Tierras. La decisión fue unánime y elimina las restricciones a la compra de tierras por parte de extranjeros.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, integrada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, resolvió por unanimidad que el Centro de Excombatientes de Islas Malvinas (CECIM-La Plata) no se encuentra legitimado para impulsar una acción colectiva en contra de la Ley de Tierras propuesta por el Poder Ejecutivo. Como consecuencia, quedaron sin efecto las restricciones que limitaban al 15% la titularidad extranjera de tierras rurales.

El CECIM-La Plata había logrado la declaración de inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023 del actual gobierno. La Corte Suprema sostuvo que el centro de excombatientes no está legitimado para promover la acción colectiva contra la ley de Tierras. De mantenerse este fallo, no existirían límites para que ciudadanos extranjeros adquieran tierras rurales en el país.

En mayo de 2024, el máximo tribunal había resuelto crear una Secretaría Penal Especial con el acuerdo de todos sus integrantes, excepto Lorenzetti. En su planteo disidente, Lorenzetti afirmó que no había «ninguna justificación para crear una nueva (Secretaría Penal Especial), excepto la de designar un nuevo secretario, con un altísimo costo y sin concurso alguno». Agregó que el objetivo era que «los casos penales importantes queden bajo la gestión de un secretario que responda a directivas que no se publican».

Rosatti, Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda respondieron: «El presunto vaciamiento (del trabajo del actual secretario penal, denunciado por Lorenzetti) no es tal. Para ello basta con observar que se le ha asignado el tratamiento de las causas sobre delitos de lesa humanidad».

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