Ley de inocencia fiscal: quiénes pueden acceder y qué dudas persisten

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La implementación de la ley de inocencia fiscal en Argentina avanza, pero el tributarista Marcelo Rodríguez advierte que el acceso está limitado y que aún hay interrogantes clave sobre su aplicación práctica.

La implementación de la ley de inocencia fiscal en Argentina avanza, pero no sin interrogantes. El tributarista Marcelo Rodríguez advirtió que el acceso al régimen está limitado y que aún persisten dudas clave sobre su aplicación práctica.

“Está limitado tan solo a personas humanas que sean residentes del país y cumplan con tres requisitos”, explicó. Entre ellos, detalló que los contribuyentes no deben haber superado ingresos o patrimonio de mil millones de pesos en los últimos tres años, ni ser considerados grandes contribuyentes. Además, aclaró que el beneficio no es universal: “Esto no aplica para los monotributistas puros, sino aquellos que se adhieren al Impuesto a las Ganancias” y optan por una declaración jurada simplificada.

Uno de los principales atractivos del régimen es el “blindaje fiscal”. Según Rodríguez, “la ventaja es que presenta la declaración del periodo fiscal 2025 y le queda blindado no solo ese periodo, sino también los anteriores en IVA y Ganancias”. A esto se suma una opción más ambiciosa: “podés exteriorizar fondos ocultos sin que el fisco te pregunte el origen”, lo que permite utilizar esos recursos para consumo o adquisición de bienes.

Sin embargo, el especialista remarcó que todavía hay falta de definiciones claras: “estamos esperando algún pronunciamiento para clarificar cuestiones controvertidas”, lo que dificulta recomendar el régimen con total certeza.

Pese a los beneficios, la adhesión no es masiva. Rodríguez fue contundente: “si me preguntás si los contribuyentes están adhiriendo en forma generalizada, la respuesta es no”. El motivo principal es la incertidumbre. Los contadores, como intermediarios clave, aún tienen reparos sobre el impacto futuro: “tenemos muchas inquietudes sobre la aplicación práctica y concreta en el día a día”. También influyen posibles controles de organismos como la UIF.

En paralelo, el nuevo esquema endurece las sanciones por incumplimientos formales. “Hoy la multa por no presentar una declaración pasó de 400 pesos a 420 mil”, ejemplificó, y agregó que otras penalidades escalaron hasta cifras millonarias. No obstante, aclaró que las multas por evasión no cambiaron en esencia, aunque sí se elevaron los montos mínimos para denuncias penales.

En este contexto, el especialista concluyó que el régimen puede ser beneficioso, pero requiere un análisis cuidadoso antes de adherir, en un escenario donde las reglas todavía generan debate.

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