La AFIP postergó hasta el 30 de abril, inclusive, el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias correspondientes a 2023. La decisión apunta a «facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales», según la resolución publicada en el Boletín Oficial.
La AFIP dispuso también que los agentes de retención practicarán la liquidación anual correspondiente al período fiscal 2023 hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive. El importe determinado en esa liquidación será retenido o, en su caso, reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior a la fecha de la liquidación o en los siguientes si no fuera suficiente y hasta el 10 de junio de 2024, inclusive.
Asimismo, deberá informarse e ingresarse el importe hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en junio de 2024 del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), informándolo en el período mayo de 2024 y consignando como fecha de retención el 31 de mayo de 2024, de acuerdo con lo establecido.
Para el ente recaudador, esta medida busca «brindar seguridad jurídica respecto de la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias de 2023». En ese sentido, indicó que «la liquidación provisoria efectuada durante el año se vio modificada por diversos decretos del Poder Ejecutivo nacional que no tuvieron su reflejo en las pertinentes disposiciones legales».
«El actual Gobierno ha presentado un proyecto ante el Honorable Congreso de la Nación para validar, con jerarquía de ley, las disposiciones provisorias dictadas por el Poder Ejecutivo durante 2023», añadió la resolución. El Gobierno pretente volver a incluir el impuesto a las Ganancias a los trabajadores que habían sido beneficiados con la suba del piso a partir del cual se paga el gravamen.