Gobierno analiza modificaciones a la ley de inocencia fiscal

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El Ministerio de Economía recibió propuestas de reforma a la Ley de Inocencia Fiscal. Un tributarista señaló falencias en el régimen actual.

El tributarista Sebastián Domínguez analizó las modificaciones que prepara el Gobierno para la Ley de Inocencia Fiscal y afirmó que la iniciativa aún presenta riesgos para los contribuyentes.

“Esta ley tiene sus grandes falencias, por lo cual, no ha funcionado como se esperaba”, declaró Domínguez al referirse al régimen impulsado por el Gobierno para incentivar la exteriorización y utilización de fondos no declarados.

El Ministerio de Economía recibió propuestas para modificar la ley. Según explicó Domínguez, junto a Carolina Calelo y Alberto Mastandrea elaboraron una serie de propuestas en el marco de la Maestría y Especialización en Tributación de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA. “Propusimos reformas que entendemos necesarias para cumplir con el objetivo que tiene el Gobierno”, señaló.

Domínguez destacó que algunas de las sugerencias ya fueron tomadas por el Ministerio de Economía. La primera consiste en eliminar las restricciones patrimoniales y de ingresos para acceder al régimen. “El régimen quedaría limitado solamente a grandes contribuyentes, todos los demás tengan el patrimonio que tengan o los ingresos que tengan en los últimos tres años van a poder ingresar”, explicó.

El segundo punto apunta a corregir una de las principales inconsistencias técnicas vinculadas al denominado “tapón fiscal”. Según indicó, actualmente una diferencia mínima detectada por el fisco podría hacer perder los beneficios del régimen. “Propusimos fijar un valor cercano a 500 mil pesos, hasta el cual no hay problema”, sostuvo.

El tercer cambio permitiría que un contribuyente pueda rectificar su declaración jurada antes de una determinación de oficio y conservar los beneficios obtenidos. “Se permitiría con este proyecto de reforma que el contribuyente rectifique la declaración jurada antes de la determinación de oficio y mantenga los beneficios”, afirmó el entrevistado.

Uno de los aspectos centrales de la discusión gira en torno a la protección que ofrece el régimen frente a eventuales fiscalizaciones. En este sentido, explicó: “Este régimen lo que dice es, si se presenta la declaración jurada de ganancias en término y se paga y el fisco no encuentra una diferencia, por ejemplo, de impuesto a su favor del 15% más, dentro de otras razones, se da para esa declaración jurada una presunción de exactitud, un efecto liberatorio del pago, y un tapón fiscal”.

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