La Secretaría de Transporte derogó el esquema de compensaciones económicas que el Estado otorgaba a las empresas de micros por los pasajes gratuitos emitidos por ley. Las compañías deberán absorber el costo, aunque el derecho a la gratuidad sigue vigente.
Buenos Aires, 26 de mayo — El Gobierno nacional, a través de la Secretaría de Transporte, dejó de financiar los pasajes gratuitos en micros de larga distancia para personas con discapacidad, trasplantados y menores con cáncer. La medida fue oficializada mediante la Resolución 28/2026, publicada en el Boletín Oficial, que deroga el esquema de compensaciones económicas que el Estado otorgaba a las empresas de transporte por los boletos emitidos en el marco de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674.
En los considerandos de la resolución, el Ejecutivo argumentó que el sistema de subsidios fue creado en un contexto de emergencia y que generaba “un esquema de regulación tarifaria con fuerte intervención estatal que limitaba la posibilidad de los operadores de fijar libremente sus precios”. Con la desregulación del transporte interjurisdiccional aprobada por el Decreto 883/2024, se estableció un régimen basado en “la libertad tarifaria, la simplificación normativa y la promoción de la competencia”.
Desde la Secretaría de Transporte sostuvieron que la capacidad de los transportistas para fijar libremente precios, recorridos y horarios les permite ahora “internalizar dentro de su estructura de costos las obligaciones legales”. De esta manera, las empresas deben absorber el costo de los pasajes gratuitos como parte de su operación comercial habitual.
La resolución aclara que el derecho a la gratuidad para los pasajeros “permanece plenamente vigente y exigible frente a los transportistas”. El Gobierno puntualizó que “el eventual impacto económico de la decisión se circunscribe exclusivamente a la relación financiera entre el Estado y los operadores privados”.
Para garantizar el cumplimiento, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) mantendrá los procedimientos de control y fiscalización. La medida entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, aunque incluye una cláusula para resguardar los pagos de compensaciones devengados antes de esa fecha.
