La Justicia habilitó una acción colectiva de abogados porteños contra dos artículos de la reforma laboral

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El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) obtuvo una resolución judicial que reconoce su legitimación para representar una demanda colectiva contra dos artículos de la reforma laboral, que según la entidad afectan el ejercicio profesional y el cobro de honorarios.

El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) consiguió un avance judicial en el marco de una acción de amparo para declarar la inconstitucionalidad de dos puntos de la reforma laboral contenidos en la Ley 27.802. La resolución fue dictada por el juez federal Martín Cormick, quien reconoció que el CPACF reúne los requisitos para impulsar una demanda colectiva en representación de sus matriculados.

La presidenta del CPACF, Alejandra García, afirmó que “la resolución constituye un primer paso importante porque admite que el Colegio Público representa adecuadamente los intereses de las abogadas y los abogados alcanzados por esas disposiciones y habilita que la causa continúe como proceso colectivo”.

El CPACF representa a casi 90.000 matriculados. Su demanda cuestiona específicamente los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802, que modifican los artículos 20 y 277 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Artículos cuestionados

El artículo 20 de la nueva ley establece que, si en un juicio laboral se verifica una sobreestimación objetiva de los créditos reclamados, las costas deberán ser afrontadas tanto por la parte como por el letrado que la representa. Esto implica que el abogado podría tener que pagar junto con su defendido si la demanda incluyó una estimación económica considerada excesiva.

El segundo eje del amparo apunta al artículo 56 de la norma, donde se dispone que las sentencias judiciales condenatorias puedan ser pagadas en hasta 6 cuotas para las grandes empresas y 12 cuotas en el caso de micro, pequeñas y medianas empresas.

Para el CPACF, esa modificación vulnera el carácter alimentario de los honorarios y afecta el derecho de los abogados a percibir su retribución en condiciones adecuadas. La presidenta de la entidad sostuvo que “la posibilidad de diferir en cuotas el pago de los honorarios profesionales es una medida que desconoce el carácter alimentario de nuestra retribución y posterga aún más el cobro de quienes ya esperan años hasta la finalización de un juicio laboral”.

Con la legitimación reconocida, la acción colectiva continuará su trámite para determinar si los artículos impugnados deben ser anulados. García ratificó que la entidad continuará con el proceso hasta obtener una definición judicial: “Vamos a seguir impulsando esta acción hasta obtener una decisión sobre el fondo de la cuestión, en defensa del libre ejercicio profesional y del derecho de las abogadas y los abogados a percibir una retribución justa y oportuna”.

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