La jueza Jia Cobb, de la Cámara de Apelaciones del Distrito de Columbia, Estados Unidos, habilitó al fondo Titan Consortium a solicitar embargos de activos de la Argentina en ese país por el litigio derivado de la expropiación de Aerolíneas Argentinas en 2008. El monto reclamado asciende a 391 millones de dólares.
La jueza Jia Cobb, de la Cámara de Apelaciones del Distrito de Columbia, Estados Unidos, habilitó al fondo de inversión Titan Consortium a solicitar embargos de activos de la Argentina en ese país en el contexto del litigio por la expropiación de Aerolíneas Argentinas en 2008, durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner.
Según el fallo difundido por el analista Sebastián Maril y replicado por el diario Clarín, la magistrada consideró que “ha transcurrido un plazo razonable tras la emisión de la sentencia” en favor de Titan Consortium, dictada en diciembre de 2024, y agregó que “en los veintiún meses transcurridos desde entonces, Argentina aparentemente no ha hecho ningún esfuerzo por pagar”. El monto reclamado es de 391 millones de dólares.
Aerolíneas Argentinas, según el medio citado, explicó que la demanda no es contra la empresa, sino contra el Estado Argentino. Desde la Procuración del Tesoro señalaron que el Gobierno se encuentra estudiando las herramientas jurídicas de las que dispone para intentar disminuir el impacto que significaría esta decisión en la economía de los ciudadanos argentinos.
Cómo empezó este caso
Según la Agencia Noticias Argentinas (NA), este caso tiene su origen en el laudo del CIADI en el año 2017, que condenó a la Argentina a abonar la cifra de 321 millones de dólares más intereses al grupo español Marsans por la reestatización de la aerolínea.
Luego, esos derechos fueron adquiridos por el fondo Burford Capital y posteriormente por Titan Consortium, que en la actualidad reclama 391 millones de dólares más intereses acumulados desde diciembre de 2024.
Este conflicto legal llegó a la Corte de Distrito de Columbia, en Washington, donde Titan exigió el reconocimiento y ejecución del laudo; la Argentina alegó, en su defensa, que el reclamo se encontraba prescripto y que el plazo para accionar era de tres años, pero el tribunal respondió que el límite era, en realidad, de doce años y reconoció la condena completa, es decir, intereses y costas.
En julio de este año, la Cámara de Apelaciones del Distrito de Columbia confirmó esa medida, rechazando el planteo argentino sobre la prescripción y dejando firme ya el reconocimiento del laudo correspondiente.
