El Gobierno oficializó un nuevo aumento del impuesto a los combustibles y reprogramó incrementos pendientes

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El Gobierno nacional oficializó un nuevo aumento del impuesto a los combustibles que comienza a regir desde este 1° de julio de 2026 y, al mismo tiempo, decidió volver a postergar parte de las actualizaciones pendientes para la nafta y el gasoil.

El Gobierno nacional oficializó un nuevo aumento del impuesto a los combustibles que comienza a regir desde este 1° de julio de 2026 y, al mismo tiempo, decidió volver a postergar parte de las actualizaciones pendientes para la nafta y el gasoil.

La medida fue establecida en la primera edición del Boletín Oficial de julio, mediante el Decreto 562/2026 de Combustibles, con las firmas del presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo y el nuevo jefe de Gabinete, Diego Santilli. De esta forma se modificó el cronograma vigente para la aplicación de los incrementos derivados de las actualizaciones correspondientes a 2024, 2025 y parte de 2026.

Según el decreto, la actualización alcanza al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y al Impuesto al Dióxido de Carbono, aunque el Poder Ejecutivo resolvió diferir nuevamente una porción de los aumentos remanentes con el objetivo de sostener el sendero fiscal definido por el Gobierno.

Qué cambia con el nuevo decreto sobre el impuesto a los combustibles

La norma incorpora un nuevo esquema de incrementos para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 31 de julio de 2026. En el caso de la nafta sin plomo, la nafta de más de 92 RON y la nafta virgen, el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos aumentará $21,192 por unidad de medida, mientras que el Impuesto al Dióxido de Carbono se incrementará en $1,298.

Para el gasoil, el incremento será de $18,959 en el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos, de $10,266 en el tratamiento diferencial previsto para determinadas jurisdicciones y de $2,161 en el Impuesto al Dióxido de Carbono.

El tratamiento diferencial para el gasoil continúa vigente para el consumo en el área de influencia integrada por las provincias de Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, además del partido bonaerense de Patagones y el departamento mendocino de Malargüe.

El Gobierno volvió a postergar parte de las actualizaciones

Además de aplicar el incremento correspondiente a julio, el decreto modifica el esquema fijado por el Decreto 617/2025 y establece que los remanentes de las actualizaciones de los impuestos correspondientes al año calendario 2024 y al primer y segundo trimestre de 2025 continuarán aplicándose de manera escalonada.

En ese sentido, el texto dispone que el incremento total pendiente derivado de las actualizaciones de los años calendario 2024 y 2025, junto con la correspondiente al primer trimestre de 2026, «surtirá efectos respecto de la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de agosto de 2026, inclusive», según establece el Decreto 562/2026.

Entre los fundamentos de la decisión, el Poder Ejecutivo sostuvo que «con el propósito de continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible, resulta necesario, para los productos en cuestión, diferir parcialmente los incrementos remanentes originados en las referidas actualizaciones».

Por último, el decreto también recuerda que los montos fijos de estos tributos se actualizan en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC, conforme al mecanismo previsto en la Ley 23.966 y en el Decreto 501/2018, aunque durante los últimos meses distintas normas fueron postergando sucesivamente la aplicación plena de esas actualizaciones.

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